- Asamblea legislativa
- Jefe de Gobierno
- Tribunal Superior de Justicia
Funciones
de los tres Poderes
- Función Legislativa: Art. 70 Constitucional
Tiene
la facultad de hacer leyes, decretar y legislarlas para la vida
social. En México el poder legislativo se deposita en un Congreso
General (Congreso de la Unión), constituido por una cámara de
Senadores y otra cámara de Diputados.
- Función Judicial:
Se
encarga de administrar la justicia y se deposita para su ejercicio en
la Suprema Corte de justicia de la Nación. Los tribunales Colegiados
y Unitarios de Circuito y en los Juzgados de Distrito. Se integran
por ministros, magistrados y jueces.
- Función Administrativa:
Es
ante todo una forma regulada, una actuación sujeta al marco legal y
reglamentaria, por lo tanto legalmente se entiende que el ejercicio
de dicha función esta rígidamente regulada, con excepción de las
facultades discrecionales.
Concepto
de Función Administrativa. Gabino Priego
La
función administrativa es ante todo una forma regulada, una
actuación sujeta al marco legal y reglamentaria, por lo tanto
legalmente se entiende que el ejercicio de dicha función esta
rígidamente regulada, con excepción de las facultades
discrecionales.
Fuentes
del derecho administrativo
- Ley
- Costumbre
- Jurisprudencia y,
- Principios Generales del Derecho
Fuentes
del Derecho
- Fuentes Reales: Son las fuentes primarias de derecho que consiste en hechos y circunstancias de la vida del hombre, que con su relevancia conduce a la creación de las normas jurídicas.
- Fuentes Históricas: Conjuntos de documentos jurídicos conocidos y codificados, que el hombre ha ido creando a lo largo de su evolución y que rigieron en un lugar y tiempo determinado, pero que ya no son derecho propiamente dicho.( Declaración Universal de los derechos del hombre)
- Fuentes Formales: Son los medios y procedimientos de creación del derecho vigente entre los que se destacan el proceso legislativo.
Esquema
de Funcionario y Empleado
Funcionario
Estado
Cargo Púbico
Empleado
Atribuciones
Acto de
Nombramiento Investidora
Titulares
Procuraduría
General de la Republica (PGR)
La
Procuraduría General de la República es el órgano del Poder
Ejecutivo Federal, que se encarga principalmente de investigar y
perseguir los delitos del orden federal y cuyo titular es el
Procurador General de la República, quien preside al ministerio
público de la federación y a sus órganos auxiliares que son la
policía investigadora y los peritos.
Titular
de la PGR a nivel Federal
Lic.
Marisela Morales Ibáñez
Marco
legal
- Art. 21 Constitucional
- Art. 102 Constitucional apartado “A”
MARCO
NORMATIVO
El
marco jurídico que rige la actuación del Procurador General de la
República, de los Agentes del Ministerio Público de la Federación,
de la policía investigadora y de los peritos se encuentra en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República y en su
Reglamento, así como en otros ordenamientos relacionados.
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley
General de Títulos y Operaciones de Crédito
Ley
General del Equilibrio Ecológico y a la Protección al Ambiente
Ley
General de Sociedades Cooperativas
Ley
General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de
Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley
General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Ley
sobre delitos de Imprenta
Ley
de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley
Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Ley
Agraria
Ley
de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
Ley
de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Ley
Aduanera
Ley
de Aeropuertos
Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal
Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República
Código
Civil Federal
Código
Penal Federal
Código
de Justicia Militar
Código
Fiscal de la Federación
Código
Federal de Procedimientos Penales
Código
Federal de Procedimientos Civiles
Reglamento
de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Reglamento
del Código Fiscal de la Federación
Reglamento
de la Ley de la Policía Federal
Secretaria
de Educación Pública (SEP)
Misión/propósito:
La
SEP tiene como propósito esencial crear condiciones que permitan
asegurar el acceso de todas las mexicanas y mexicanos a una educación
de calidad, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugar
donde la demanden.
Visión:
En
el año 2025, México cuenta con un sistema educativo amplio,
articulado y diversificado, que ofrece educación para el desarrollo
humano integral de su población. El sistema es reconocido nacional e
internacionalmente por su calidad y constituye el eje fundamental del
desarrollo cultural, científico, tecnológico, económico y social
de la Nación.
Valores:
Honestidad,
Responsabilidad, Honradez, Respeto, Compromiso, Integridad,
Liderazgo, Actitud de Servicio, Disciplina, Igualdad.
Directorio
Sep
Directorio
básico de funcionarios de la SEP
Direcciones
de la Sep
Vínculos
a los portales de las diferentes Unidades y Subsecretarías de la
SEP, así como accesos directos a las Direcciones Generales.
Organigrama
Sep
En
esta sección encontrará la estructura básica organizacional del
Sector Central de la SEP.
Áreas
del c. secretario
Vínculos
a la información de Unidades y Direcciones de la SEP como la
Coordinación Ejecutiva, Asuntos Jurídicos, Comunicación Social y
Relaciones Internacionales, entre otros.
Secretaria
de Seguridad Pública Federal (SSP)
El
titular de la Secretaria de Seguridad Publica
Ing.
Genaro García Luna
Misión.
Ser
la instancia de la Secretaría de Seguridad Pública que coadyuve a
la preservación del estado de derecho, con el establecimiento y
coordinación de la política penitenciaria de prevención del delito
y readaptación social, en estricto apego a la ley y respeto a los
derechos humanos.
Visión.
Instrumentar
la política penitenciaria nacional para prevenir la comisión del
delito, readaptar a los sentenciados y dar tratamiento a los menores
infractores, mediante sistemas idóneos que permitan su reinserción
a la sociedad, con la participación de los diversos sectores y
órdenes de gobierno.
Atribuciones
de La Secretaria de Seguridad Pública (SSP)
Para
el cumplimiento de las funciones competencia del Órgano, el
Comisionado, deberá:
A
la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los
siguientes asuntos:
Definir
las políticas de seguridad pública en el ámbito federal que
comprendan los objetivos, estrategias y acciones;
Someter
a consideración del Presidente, las medidas que garanticen la
congruencia de la política criminal entre las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal;
Informar
periódicamente al Presidente sobre el cumplimiento de sus
atribuciones;
Proponer
al Presidente, en su caso, el responsable de la Unidad de Asuntos
Internos de la Policía Federal;
Participar
en el Consejo;
Presidir
las Conferencias Nacionales de Secretarios de Seguridad Pública o
sus equivalentes;
Designar
al presidente de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario;
Nombrar
y remover a los Secretarios Técnicos de las Conferencias Nacionales
previstas en la fracción que antecede, en términos de la Ley
General;
Proponer
a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública los
contenidos del Programa Rector de Profesionalización;
Proponer
al Titular del Ejecutivo Federal, el nombramiento del Presidente y
los miembros de la Sala Superior del Consejo de Menores;
Designar
al responsable del control, suministro y adecuado manejo de la
información a que se refiere el artículo 39, Apartado B, fracción
VI, de la Ley General;
Nombrar
y remover libremente a los Jefes de Unidad, Coordinadores y
Directores Generales, así como a los titulares de los órganos
administrativos desconcentrados en los casos que legalmente proceda,
así como a los representantes de la Secretaría en comisiones,
entidades federativas y organismos nacionales e internacionales;
Recibir
en acuerdo al Titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía
Federal, para el despacho de los asuntos relevantes de su
competencia;
Representar
al Presidente en las controversias constitucionales y acciones de
inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley
Reglamentaria de las Fracciones I y II del Articulo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos
en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal, pudiendo ser
suplido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del
presente Reglamento;
Expedir
los acuerdos, manuales de organización, de procedimientos y de
servicios al público y demás disposiciones normativas internas, en
el ámbito de su competencia, que considere necesarias para cumplir
con los fines de la Dependencia y, en su caso, ordenar su
publicación;
Aprobar
el sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar
información para prevenir la comisión de delitos;
Aprobar
el Programa Anual de Trabajo y el anteproyecto de Presupuesto de la
Secretaría;
Proponer
al Presidente la expedición, modificación, abrogación o derogación
de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás
disposiciones relativas a la seguridad pública federal de
conformidad a los procedimientos previstos en la normatividad
aplicable;
Proponer
ante las instancias competentes la normatividad tipo, que permita
homogenizar los esquemas operativos y funcionales de los cuerpos de
seguridad pública a nivel nacional;
Proponer
a las instancias competentes los instrumentos necesarios que permitan
la coordinación para la vigilancia y protección de las
Instalaciones Estratégicas;
Proponer
al Presidente la constitución del Grupo Interinstitucional para las
instalaciones estratégicas, en términos de la Ley General;
Ordenar
la creación y, en su caso, presidir las comisiones internas,
transitorias o permanentes, que se requieran para el mejor despacho
de los asuntos de la Secretaría, y
Las
demás que con este carácter le confieran otras disposiciones
aplicables o le encomiende el Presidente.
Las
Subsecretarias
Las
Subsecretarias son la áreas encargadas de planear, programar,
organizar, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento de las
unidades administrativas que tengan adscritas así como de informar
al Secretario de las actividades que realicen en la operación
diaria.
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