Naturaleza Jurica art. 122

Naturaleza jurídica del articulo 122 constitucional
  • Asamblea legislativa
  • Jefe de Gobierno
  • Tribunal Superior de Justicia
Funciones de los tres Poderes
  • Función Legislativa: Art. 70 Constitucional
Tiene la facultad de hacer leyes, decretar y legislarlas para la vida social. En México el poder legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de la Unión), constituido por una cámara de Senadores y otra cámara de Diputados.
  • Función Judicial:
Se encarga de administrar la justicia y se deposita para su ejercicio en la Suprema Corte de justicia de la Nación. Los tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en los Juzgados de Distrito. Se integran por ministros, magistrados y jueces.
  • Función Administrativa:
Es ante todo una forma regulada, una actuación sujeta al marco legal y reglamentaria, por lo tanto legalmente se entiende que el ejercicio de dicha función esta rígidamente regulada, con excepción de las facultades discrecionales.

Concepto de Función Administrativa. Gabino Priego
La función administrativa es ante todo una forma regulada, una actuación sujeta al marco legal y reglamentaria, por lo tanto legalmente se entiende que el ejercicio de dicha función esta rígidamente regulada, con excepción de las facultades discrecionales.
Fuentes del derecho administrativo
  • Ley
  • Costumbre
  • Jurisprudencia y,
  • Principios Generales del Derecho

Fuentes del Derecho
  • Fuentes Reales: Son las fuentes primarias de derecho que consiste en hechos y circunstancias de la vida del hombre, que con su relevancia conduce a la creación de las normas jurídicas.

  • Fuentes Históricas: Conjuntos de documentos jurídicos conocidos y codificados, que el hombre ha ido creando a lo largo de su evolución y que rigieron en un lugar y tiempo determinado, pero que ya no son derecho propiamente dicho.( Declaración Universal de los derechos del hombre)

  • Fuentes Formales: Son los medios y procedimientos de creación del derecho vigente entre los que se destacan el proceso legislativo.















Esquema de Funcionario y Empleado
Funcionario

Estado



Cargo Púbico

Empleado

Atribuciones
Acto de Nombramiento Investidora
Titulares






Procuraduría General de la Republica (PGR)
La Procuraduría General de la República es el órgano del Poder Ejecutivo Federal, que se encarga principalmente de investigar y perseguir los delitos del orden federal y cuyo titular es el Procurador General de la República, quien preside al ministerio público de la federación y a sus órganos auxiliares que son la policía investigadora y los peritos.
Titular de la PGR a nivel Federal
Lic. Marisela Morales Ibáñez
Marco legal
  • Art. 21 Constitucional
  • Art. 102 Constitucional apartado “A”

MARCO NORMATIVO
El marco jurídico que rige la actuación del Procurador General de la República, de los Agentes del Ministerio Público de la Federación, de la policía investigadora y de los peritos se encuentra en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y en su Reglamento, así como en otros ordenamientos relacionados.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Ley General del Equilibrio Ecológico y a la Protección al Ambiente
Ley General de Sociedades Cooperativas
Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
Ley sobre delitos de Imprenta
Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Ley Agraria
Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Ley Aduanera
Ley de Aeropuertos
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
Código Civil Federal
Código Penal Federal
Código de Justicia Militar
Código Fiscal de la Federación
Código Federal de Procedimientos Penales
Código Federal de Procedimientos Civiles
Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Reglamento de la Ley de la Policía Federal







Secretaria de Educación Pública (SEP)
Misión/propósito:
La SEP tiene como propósito esencial crear condiciones que permitan asegurar el acceso de todas las mexicanas y mexicanos a una educación de calidad, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugar donde la demanden.
Visión:
En el año 2025, México cuenta con un sistema educativo amplio, articulado y diversificado, que ofrece educación para el desarrollo humano integral de su población. El sistema es reconocido nacional e internacionalmente por su calidad y constituye el eje fundamental del desarrollo cultural, científico, tecnológico, económico y social de la Nación.
Valores:
Honestidad, Responsabilidad, Honradez, Respeto, Compromiso, Integridad, Liderazgo, Actitud de Servicio, Disciplina, Igualdad.
Directorio Sep
Directorio básico de funcionarios de la SEP
Direcciones de la Sep
Vínculos a los portales de las diferentes Unidades y Subsecretarías de la SEP, así como accesos directos a las Direcciones Generales.
Organigrama Sep
En esta sección encontrará la estructura básica organizacional del Sector Central de la SEP.
Áreas del c. secretario
Vínculos a la información de Unidades y Direcciones de la SEP como la Coordinación Ejecutiva, Asuntos Jurídicos, Comunicación Social y Relaciones Internacionales, entre otros.



Secretaria de Seguridad Pública Federal (SSP)
El titular de la Secretaria de Seguridad Publica
Ing. Genaro García Luna
Misión.
Ser la instancia de la Secretaría de Seguridad Pública que coadyuve a la preservación del estado de derecho, con el establecimiento y coordinación de la política penitenciaria de prevención del delito y readaptación social, en estricto apego a la ley y respeto a los derechos humanos.
Visión.
Instrumentar la política penitenciaria nacional para prevenir la comisión del delito, readaptar a los sentenciados y dar tratamiento a los menores infractores, mediante sistemas idóneos que permitan su reinserción a la sociedad, con la participación de los diversos sectores y órdenes de gobierno.
Atribuciones de La Secretaria de Seguridad Pública (SSP)
Para el cumplimiento de las funciones competencia del Órgano, el Comisionado, deberá:
A la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
Definir las políticas de seguridad pública en el ámbito federal que comprendan los objetivos, estrategias y acciones;
Someter a consideración del Presidente, las medidas que garanticen la congruencia de la política criminal entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
Informar periódicamente al Presidente sobre el cumplimiento de sus atribuciones;
Proponer al Presidente, en su caso, el responsable de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal;
Participar en el Consejo;
Presidir las Conferencias Nacionales de Secretarios de Seguridad Pública o sus equivalentes;
Designar al presidente de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario;
Nombrar y remover a los Secretarios Técnicos de las Conferencias Nacionales previstas en la fracción que antecede, en términos de la Ley General;
Proponer a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública los contenidos del Programa Rector de Profesionalización;
Proponer al Titular del Ejecutivo Federal, el nombramiento del Presidente y los miembros de la Sala Superior del Consejo de Menores;
Designar al responsable del control, suministro y adecuado manejo de la información a que se refiere el artículo 39, Apartado B, fracción VI, de la Ley General;
Nombrar y remover libremente a los Jefes de Unidad, Coordinadores y Directores Generales, así como a los titulares de los órganos administrativos desconcentrados en los casos que legalmente proceda, así como a los representantes de la Secretaría en comisiones, entidades federativas y organismos nacionales e internacionales;
Recibir en acuerdo al Titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, para el despacho de los asuntos relevantes de su competencia;
Representar al Presidente en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Titular del Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del presente Reglamento;
Expedir los acuerdos, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público y demás disposiciones normativas internas, en el ámbito de su competencia, que considere necesarias para cumplir con los fines de la Dependencia y, en su caso, ordenar su publicación;
Aprobar el sistema destinado a obtener, analizar, estudiar y procesar información para prevenir la comisión de delitos;
Aprobar el Programa Anual de Trabajo y el anteproyecto de Presupuesto de la Secretaría;
Proponer al Presidente la expedición, modificación, abrogación o derogación de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes y demás disposiciones relativas a la seguridad pública federal de conformidad a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable;
Proponer ante las instancias competentes la normatividad tipo, que permita homogenizar los esquemas operativos y funcionales de los cuerpos de seguridad pública a nivel nacional;
Proponer a las instancias competentes los instrumentos necesarios que permitan la coordinación para la vigilancia y protección de las Instalaciones Estratégicas;
Proponer al Presidente la constitución del Grupo Interinstitucional para las instalaciones estratégicas, en términos de la Ley General;
Ordenar la creación y, en su caso, presidir las comisiones internas, transitorias o permanentes, que se requieran para el mejor despacho de los asuntos de la Secretaría, y
Las demás que con este carácter le confieran otras disposiciones aplicables o le encomiende el Presidente.
Las Subsecretarias
Las Subsecretarias son la áreas encargadas de planear, programar, organizar, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento de las unidades administrativas que tengan adscritas así como de informar al Secretario de las actividades que realicen en la operación diaria.

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