soberania


SOBERANIA


Fundamento.

Lo encontramos en Nuestra constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 39 el cual establece: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. todo poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”


FORMAS DE GOBIERNO EN MEXICO

México como todos los países ha tenido diferentes formas de gobierno entre ellas esta el imperio, monarquía, democracia.
Monarquía: Forma de gobierno en el que el poder supremo reside en un príncipe soberano.
Puede ser absoluta o constitucional o hereditaria. Generalmente la cabeza un solo individuo, se le imputa origen divino y a la muerte de aquel sucede el progenitor, como en el principado, ducado, reino o imperio.


             

El imperio en México fue un estado independiente que nació con el resultado del movimiento de independencia de la nueva España  el cual adopto un régimen  monárquico; y como imperio nace de los tratados de córdoba en 1821 hasta la proclamación de la republica federa en 1823. Posteriormente reaparece nuevamente el imperio con cuando es gobernado por Maximiliano de Habsburgo formado 1863

Imperio: Estado u organización política integrado por varios reinos o naciones, que se han unido voluntaria o forzadamente con la dirección de un país encabezado por un solo gobernante denominado emperador. De lo cual se concluye que hubo dos imperios en México.
Democracia: Sistema jurídico político encabezado por un gobierno “del pueblo y para el pueblo”, según la definición usual. Puede ser directa o indirecta.
Nuestra constitución federal  señala:
El pueblo ejerce su soberania por medio de los poderes de la unión, en los casos de competencia de estos, y por los de los estados, en los que teoca a sus regímenes interiores, en los termnos establecidos enla costitucion general y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.
La revocación de los poderes legislativo y ejecutivo se realizaran mediante eleciones libres, autenticas y periódicas.

Esta norma costitucional establece la característica de indirecta para nuestra democracia, esto es, el pueblo no ejerce directamente el pode, si no por medio de representantes que elige por medio del voto. Se reitera también la existencia del estado federal y la supremacía de la costitucion política.
   



                 
Soberanía
La soberanía es uno de los elementos fundamentales del estado. Es un poder absoluto y perpetuo de una republica.
Es la suprema potestad para tener y ejercer el poder político en un país; sobre ella no hay autoridad legítima para ordenar o decidir cuestión alguna.
Para FELIPE TENA RAMIREZ, soberanía es “la cualidad de una sola potestad, que manda sobre los suyos y que en nombre de los suyos trata con los demás.
Contra la creencia de muchas personas, el pueblo no esta al servicio del gobierno o no debería estarlo.



La aseveración de la carta magna en el sentido de que El pueblo tiene, en todo tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno (art, 39 de la CPEUM) es materia de una interminada polémica. Contiene le derecho consustancial del genero humano, derecho que niega usualmente todo grupo que ejerce el gobierno en cualquier país y en cualquier época.

Secretaria de desarrollo Social (SEDESOL)
Este órgano se encarga de la vivienda, desarrollo urbano, asentamientos humanos y política demográfica.
Secretaria de Salud (SS)
Esta dependencia aplica a las leyes referidas a la salud en general, asistencia publica y privada, medicina preventiva.
Secretaria de Comunicaciones y trasportes (SCT)
Esta dependencia corresponde las vías de comunicación, radio, televisión, carreteras, ferrocarriles, caminos, autotransportes y teleco municiones.
Hecho Jurídico
Acontecimiento de la naturaleza o del ser humano que provoca consecuencias en el ámbito jurídico, sin que haya la intención de producirlas.


Bibliografía:
DELGADILLO H., LUIS, Elementos de derecho administrativo, primer curso, 2° edición, México, 2007, limusa, pg. 43-48.
MARTINEZ M., RAFAEL, Diccionario Juridico General, Mexico, Noviembre 2007, iure, pg, 27, 53, y 87.



No hay comentarios:

Publicar un comentario